Felipe VI sanciona la Ley 11/2014, de Responsabilidad Medioambiental.

Felipe VI sanciona la Ley 11/2014, de 3 de julio, por la que se modifica la ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
El objetivo de esta ley es reforzar los aspectos preventivos de la misma, y simplificar y mejorar ciertos aspectos de su aplicación.
Se establece un régimen administrativo de reparación de daños medioambientales en virtud del cual los operadores que ocasionen daños deben adoptar medidas para prevenir su causación, o cuando los daños se hayan producido, para devolver los recursos naturales dañados. Se establece una garantía financiera para los operadores de determinadas actividades para hacer frente a su responsabilidad.
El Gobierno a través del Reglamento, regula las cuestiones esenciales de la garantía financiera obligatoria, como son la determinación de su cuantía, las modalidades – el aval, la ficha técnica, y la póliza de seguro-.
Sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro, se modifica la definición de daños para asegurar que la responsabilidad del operador se aplica a las aguas marinas.
La Administración General del Estado adopta competencias para adoptar medidas de prevención, evitación y reparación en el caso de obras públicas de interés general.
Las autoridades competentes adoptarán medidas para impulsar la realización voluntaria de análisis de riesgos medioambientales, entre los operadores de actividades susceptibles de ocasionar daños medioambientales.
Se procede a simplificar y agilizar la aplicación del régimen de responsabilidad. Se precisa el carácter voluntario de la garantía financiera para aquellos que no quedan obligados, de acuerdo con las exenciones previstas, por escaso potencial de daño y bajo nivel de accidentalidad. La cuantía de la garantía se determinará a partir de la realización de riesgos medioambientales de la actividad.